Publicadas las bases de las ayudas para contratación en prácticas de Titulados de FP de Grado Superior

Pendiente de publicación de la convocatoria, los beneficiarios son empresas innovadoras, Universidades y Organismos públicos y privados de I+D

Orden de 26 de mayo de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de ayudas públicas destinadas a la financiación de la contratación en prácticas de titulados en Formación Profesional de Grado Superior por universidades, organismos públicos y privados de I+D y empresas innovadoras de la Región de Murcia.

Objeto

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, destinadas a financiar la contratación laboral a tiempo completo de titulados en Formación Profesional de Grado Superior, que se encuentren desempleados y demandantes de empleo, mediante la modalidad de contrato de formación en prácticas, previsto en el artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, vigente, por parte de universidades, organismos públicos y privados de I+D y pequeñas y medianas empresas innovadoras de la Región de Murcia.

Las subvenciones se concederán mediante el procedimiento de régimen de especial concurrencia (no competitiva)

Se entenderá por trabajador desempleado y demandante de empleo, a los efectos de esta Orden, aquella persona que se encuentra inscrita como demandante de empleo en la Oficina de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia correspondiente y carezca de trabajo, es decir, no ocupada, y que no esté en situación de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social (excepto las altas producida por la realización en prácticas no laborables)

Los puestos de trabajo correspondientes a la contratación subvencionada deberán permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al ciclo formativo cursado, y estar vinculados a proyectos de I+D+i, alineados con los ámbitos de especialización inteligente de la Región de Murcia así como con aquellas tecnologías de carácter transversal que impulsan su desarrollo.

A los efectos de esta Orden, se entienden por actividades de I+D+i (ver anexo a la Orden), toda aquella actividad, considerada en sentido amplio, relacionada con la ejecución, preparación, promoción y gestión, internacionalización y apoyo técnico a la I+D+i, incluyendo en particular:

a) La ejecución de proyectos de investigación fundamental, de investigación industrial o de desarrollo experimental.

b) Los estudios de viabilidad técnica de carácter preparatorio para actividades de investigación industrial o desarrollo experimental.

c) La realización de proyectos de innovación tecnológica en productos y procesos.

d) El desarrollo de actividades de soporte a la I+D+i en la participación de programas y proyectos internacionales.

 Modalidades de Ayuda.

Para las ayudas reguladas mediante la presente Orden de bases se establecen dos modalidades, en función de la naturaleza de los beneficiarios:

Modalidad “A”: Contratación en prácticas, a tiempo completo, durante un periodo de un año, de desempleados titulados en Formación Profesional de Grado Superior por pequeñas y medianas empresas (PYMES) innovadoras de la Región de Murcia. El importe de la subvención se corresponde con un coste unitario por subvención calculado conforme al artículo 6 de esta orden.

Modalidad “B”: Contratación en prácticas, a tiempo completo, durante un periodo de un año, de desempleados titulados en Formación Profesional de Grado Superior por universidades, centros tecnológicos y organismos públicos y privados de I+D+i de la Región de Murcia, que ejerzan actividades no económicas. El importe de la subvención se corresponde con un coste unitario por subvención calculado conforme al artículo 6 de esta orden.

Beneficiarios

Beneficiarios de la Modalidad “A” 

Podrán ser solicitantes de las subvenciones reguladas en la presente Orden conforme a la Modalidad “A” las pequeñas y medianas empresas (PYMES) innovadoras cuyo centro de trabajo para el que se efectúa la contratación subvencionada se encuentre en la Región de Murcia. Tener la condición de PYME innovadora

Se entenderá como PYME innovadora, toda entidad que ejerza una actividad económica y que se halle inscrita en el Registro de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora del Ministerio de Economía y Competitividad. Para el cumplimiento de este requisito, se entenderá que, en cualquier caso, la inscripción deberá haberse realizado antes de la finalización del plazo de justificación de la subvención.

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Beneficiarios de la Modalidad “B”.

 Podrán ser solicitantes de las subvenciones reguladas en la presente Orden conforme a la Modalidad “B” las Universidades, entidades públicas de investigación, centros tecnológicos de la Región de Murcia, y otros centros privados de I+D, ubicados en la Región de Murcia.

A los efectos de la presente Orden se consideran que responden a la tipología de entidades públicas de investigación, aquellos organismos o entidades de derecho público, y fundaciones del sector público regional, vinculados o dependientes de la Administración General o de su Administración institucional, que tengan como fin u objeto social actividades de investigación científica, técnica o innovación, de conformidad con sus normas de creación o sus estatutos.

Duración e importe

La duración serán 12 meses.

El importe mensual subvencionable se calcula como un baremo estándar en función del salario mínimo interprofesional mensual (en adelante SMI) establecido por Real Decreto y una vez publicado en el Boletín Oficial del Estado para año de la convocatoria en el momento de la entrada en vigor de la misma, multiplicado por 14 pagas anuales y dividido por 12 meses, para establecer el importe correspondiente a un mes completo de trabajo con las pagas extra prorrateadas. El importe exacto se establecerá en la correspondiente Orden de convocatoria.

Más información en las bases a través del enlace

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