Convocatoria de Ayudas NEOTEC de CDTI, proyectos empresariales para empresas innovadoras de reciente creación #Neotec

 

El plazo para presentar solicitudes será hasta el 20 de Septiembre a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Objeto.

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2018 y 2019. Además, los proyectos deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.

Beneficiarios.

Los beneficiarios deben ser pequeñas empresas innovadoras, constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. Asimismo, deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

Bases reguladoras.

Orden ECC/1333/2015, de 2 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 («Boletín Oficial del Estado» núm. 159 de 4 de julio de 2015).

Características de las ayudas.

  1. Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.
  2. La subvención podrá financiar hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
  3. La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
  4. Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2018, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2018, o bien el 31 de diciembre de 2019.
  5. Las ayudas podrán ser compatibles con la percepción de otras ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europeaç

Gastos subvencionables.

1. Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2018 y 2019. 2. Se podrán financiar los siguientes gastos: a) Inversiones en equipos. b) Gastos de personal, en los términos recogidos en el Anexo 1. c) Materiales. d) Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora. e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor referido en el artÍculo decimonoveno 2 de esta resolución. Estos últimos

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el día 20 de septiembre de 2017, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Ver convocatoria en el BOE

Más información a través de la Web de CDTI

Documento Informativo de la Convocatoria

Acerca de

Centro Tecnológico de las Tecnologías de la información y las comunicaciones

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