Convocatoria Ayudas red.es 2021 para Proyectos de I+D en inteligencia artificial y otras tecnologías digitales
Organismo convocante:
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas, según la definición de empresa y sus diferentes categorías, que figuran en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
Objeto
Estas ayudas, de carácter dinerario, financiarán proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental con las características establecidas en el apartado relacionados con alguna de las siguientes tecnologías digitales:
a) Inteligencia artificial: machine learning; deep learning; neural networks;
b) Internet de las Cosas (IoT);
c) Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/ Linked/Big Data);
d) Computación de alto rendimiento (high performance computing);
e) Computación en la nube;
f)Procesamiento de lenguaje natural;
g) Ciberseguridad; biometría e identidad digital;
h) Blockchain (Cadena de Bloques);
i) Robótica;
j) Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación;
k) Impresión 3D y fabricación aditiva.
Importe
El presupuesto total de las ayudas asciende a la cantidad de 105.000.000€, distribuido en 50.000.000€ para proyectos de investigación industrial y 55.000.000€ para proyectos de desarrollo industrial.
Con las intensidades de ayuda recogidas en el apartado 4 de la Convocatoria, Red.es financiará proyectos de investigación industrial con un presupuesto mínimo de 500.000 € y máximo de 10.000.000.
En el caso de proyectos de desarrollo experimental, el presupuesto mínimo será de 300.000 € y el máximo de 5.000.000 €, impuestos indirectos excluidos.
Los beneficiarios deberán cofinanciar el porcentaje restante, además de los impuestos indirectos, que no serán objeto de subvención.
Tipo de proyectos.
Investigación industrial y desarrollo Experimiental.
a) Se entiende por «investigación industrial»: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular,
para la validación de tecnología genérica.
b) Se entiende por «desarrollo experimental»: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados. Puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios;
Intensidad de las ayudas:
a.1) Investigación industrial
Pequeña empresa 70%
Mediana empresa 60%
Resto de empresas 50 %
a.2) Investigación industrial con amplia difusión de los resultados
Pequeña empresa 80%
Mediana empresa 75%
Resto de empresas 65%
b.1) Desarrollo experimental
Pequeña empresa 45%
Mediana empresa 35%
Resto de empresas 25 %
b.2) Desarrollo experimental con amplia difusión de los resultados
Pequeña empresa 60%
Mediana empresa 50%
Resto de empresas 40 %
Presupuesto de los proyectos:
El presupuesto mínimo de los proyectos de investigación industrial será de 500.000 € y el máximo de 10.000.000 €.
En el caso de los proyectos de desarrollo experimental, el presupuesto mínimo de los proyectos será de 300.000 € y el
máximo de 5.000.000 €.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. (BOE 08/09/2021)
Otros datos
Red.es realizará un pago anticipado de hasta el 100% del total de la ayuda concedida, previa solicitud del beneficiario, que tendrá la consideración de pago a cuenta, según lo especificado en el artículo 16 de las Bases Reguladoras.
El pago de la ayuda restante se realizará a la finalización satisfactoria de la justificación económica, una vez efectuadas por Red.es todas las comprobaciones que considere necesarias respecto a la documentación de soporte, la consecución de los objetivos del proyecto y la elegibilidad de los gastos imputados.
Más información y solicitudes:
Sede electrónica de red.es para solicitudes
Ver ayuda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Acceso a la convocatoria Completa